El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) reitera su llamado a la ciudadanía luego de que, el lunes último, se registrara un nuevo uso indebido de la rampa de emergencia ubicada en el Km 48,3 de la ruta PY02, en la zona del cerro Caacupé. Este tipo de conductas, ya detectadas en ocasiones anteriores, representan un riesgo significativo para la seguridad vial y constituyen una infracción grave según la legislación vigente.
Esta infraestructura fue construida exclusivamente para situaciones de emergencia, como fallas en el sistema de frenos. Su uso injustificado compromete su efectividad y puede dificultar la asistencia a quienes realmente la necesiten.
Sanción establecida por ley ante el uso indebido
El MOPC recuerda que, conforme al artículo 57, inciso D, de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N.º 5016/2014, este uso indebido constituye una falta gravísima, sancionada con una multa equivalente a 10 jornales mínimos, lo que actualmente representa G. 1.076.270. El caso ha sido derivado al Juzgado de Faltas para el procedimiento correspondiente.
Infraestructura operativa y gratuita en casos de emergencia
La rampa de frenado está operativa las 24 horas y disponible de forma gratuita para conductores que experimenten fallas mecánicas que requieran detener su vehículo de urgencia. Además, el retiro del vehículo desde esta zona no implica ningún costo, gracias a la coordinación entre la empresa concesionaria de la ruta PY02 y el MOPC.
El MOPC hace un llamado a respetar las normas de tránsito y utilizar responsablemente la infraestructura vial destinada a situaciones de emergencia. La seguridad en las rutas es una responsabilidad compartida que requiere el compromiso de cada conductor.
Fecha: 9 de julio de 2025